Portal de subvenciones Institut Estudis Baleàrics

Literatura, Pensamiento, Cómic e Ilustración

Convocatoria 2023

Convocatoria para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023

Presupuesto: 240.000 €

Plazo de presentación: del 15 de marzo al 15 de septiembre de 2023.

NUEVO Enlace al trámite telemàtico (solo para solicitantes españoles)

1. Líneas de subvención

a) APOYO A LA MOVILIDAD

Apoyo a la movilidad de autores, responsables de editoriales, investigadores y agentes culturales vinculados al ámbito de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración para asistir a ferias, festivales, presentaciones y jornadas profesionales de fuera de la isla de residencia (consulten las condiciones en el punto 1.2.a) de la convocatoria).

Beneficiarios

Autores, responsables de editoriales, investigadores y agentes culturales de las Illes Balears. También pueden solicitar subvención organizadores de festivales literarios que tengan autores baleares como invitados.

Gastos subvencionables

— Desplazamiento (se aceptan billetes de clase turista y alquiler de vehículos) y alojamiento (vean el cuadro resumen de máximos).

— Las acreditaciones o inscripciones en ferias o acontecimientos profesionales.

— El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público, con un precio máximo de 0,254742 euros por kilómetro.

Importes máximos de movilidad

Se deben justificar los conceptos subvencionables con facturas. Solo se pagará el importe justificado sin IVA hasta llegar a los máximos indicados.


b) APOYO A LA EDICIÓN

Apoyo a la edición de proyectos editoriales vinculados a la proyección exterior del libro, independientemente de su soporte, sea físico y/o digital, y de su formato, que se concreten en:

— edición de traducciones de obras de autores naturales o residentes en las Illes Balears con distribución fuera de las Illes Balears,

— edición de originales de autores naturales o residentes en las Illes Balears,

— edición de traducciones al catalán de obras universales que sean publicadas por editoriales de las Illes Balears, editoriales que acrediten que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados se han hecho en el último año en las Illes Balears o proyectos editoriales en que la actividad subvencionada tenga lugar en el territorio de las Illes Balears,

— digitalización de obras de autores de las Illes Balears que forman parte del patrimonio literario de nuestra comunidad.

Estos proyectos editoriales tienen que ir acompañados de un proyecto de promoción exterior del libro (distribución nacional o internacional, promoción en entorno digital, promoción en redes, participación en encuentros telemáticos y/o presenciales, presentación fuera de la isla de residencia, difusión en plataformas de ferias profesionales, etc.).

Beneficiarios

Personas jurídicas o físicas que estén dadas de alta en el censo tributario y/o el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial o bien que tengan como objeto social el desarrollo de actividades de carácter profesional relacionadas con el sector editorial.

Gastos subvencionables

— Derechos de autor

— Traducción

— Corrección

— Diseño y maquetación

— Impresión (puede incluir subconceptos como la encuadernación y el transporte)


c) APOYO A LA PROMOCIÓN

Se pueden solicitar ayudas para:

— La producción de material gráfico y audiovisual asociado a la promoción de autores baleares, incluida la confección de dossieres promocionales que pueden constar de traducciones de extractos de una o varias obras, la biografía del autor y otro material relacionado (artículos de prensa, reseñas, etc.). La finalidad de estos dossieres tiene que ser la promoción internacional de los derechos de transformación (traducción y/o adaptación).

— La organización de presentaciones de una obra o un autor de las Illes Balears, así como conferencias, mesas redondas, seminarios y recitales poéticos, fuera de la isla de residencia o en formato digital.

— La participación de los profesionales de las Illes Balears en ferias y festivales dentro del ámbito de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración, en formato presencial o digital.

Beneficiarios

Personas jurídicas o físicas que estén dadas de alta en el censo tributario y/o el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial o bien que tengan como objeto social el desarrollo de actividades de carácter profesional relacionadas con el sector editorial.

Gastos subvencionables

— La producción de material gráfico y audiovisual. Las traducciones de extractos de una obra para formar parte de un dossier promocional no pueden superar el 15 % de la obra.

— Los honorarios de personas y la contratación de servicios profesionales.

— El desplazamiento de personas y carga. Se aceptan los billetes de clase turista y alquiler de vehículos.

— El alojamiento, siempre que se pueda justificar con facturas, con un máximo de 80 € por persona y noche.

— El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público, con un precio máximo de 0,254742 euros por kilómetro.

En el caso de la asistencia de empresas de las Illes Balears a ferias o acontecimientos dedicados a la venta directa al público, solo es subvencionable:

— El 50 % del coste del alquiler del espacio.

— El desplazamiento de las personas que tienen una relación laboral con la empresa solicitante, con un máximo de dos personas.

— El alojamiento de las personas que tienen una relación laboral con la empresa solicitante, con un máximo de dos personas, siempre que se pueda justificar con facturas, con un máximo de 80 € por persona y noche.

Tanto en la línea b) como la línea c), se pueden subvencionar las nóminas de trabajadores, si están dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social y si el coste de la Seguridad Social está a cargo de la empresa, hasta un importe máximo equivalente al 30 % de los gastos subvencionables.

2. Número de solicitudes que puede presentar cada beneficiario en esta convocatoria e importes máximos

— Línea a): tres solicitudes (consulten el cuadro de importes máximos).

— Línea b): no hay un límite de solicitudes, pero el importe máximo por proyecto es de 6.000 € y, en total, se puede recibir un máximo de 15.000 € en toda la convocatoria.

— Línea c): no hay un límite de solicitudes, pero el importe máximo por proyecto es de 2.000 € y, en total, se puede recibir un máximo de 5.000 € en toda la convocatoria.

3. Presentación de solicitudes

Plazo de presentación: del 15 de marzo al 15 de septiembre de 2023.

La presentación de documentación por vía electrónica es obligatoria para todas las personas jurídicas con residencia fiscal en España (empresas, cooperativas, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones), y recomendable para las personas físicas (individuos, personas dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y comunidades de bienes).

Encontrarán el acceso al trámite telemático en la sede electrónica de la CAIB.

Los beneficiarios extranjeros deben presentar las solicitudes en papel en el Registro del IEB, por correo administrativo o por servicio de mensajería. Dirección: Ca n'Oleo. C. de l'Almudaina, 4. 07001 Palma (España).

4. Plazo de ejecución y pago de los gastos

El plazo para ejecutar el proyecto es del 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023. Las facturas tienen que estar emitidas y pagadas antes de terminar el periodo de justificación.

5. Documentación que se debe presentar para solicitar la subvención

— Solicitud de subvención (anexo 2), rellenada y firmada, junto con toda la documentación administrativa y técnica requerida (consulten el punto 8 de la convocatoria).

— Declaración responsable (anexo 3), rellenada y firmada.

6. Justificación

— Plazo para justificar: 3 de enero del 2024. Si en esta fecha no se ha publicado la resolución definitiva que concede las subvenciones, el plazo para justificar la subvención terminará veinte días hábiles después de la publicación.

— Presentación de la justificación: para entregar la documentación, sigan las mismas indicaciones que les damos para presentar las solicitudes.

En cuanto a las copias de los libros y el material promocional, se pueden entregar en persona en el registro del IEB o por correo certificado acompañados de un escrito que incluya el número de expediente.

— Documentación (RESUMEN – consulten el punto 19 de la convocatoria):

  • Anexo 7 rellenado y firmado
  • Memoria económica justificativa (siguiendo el modelo). Esta memoria económica justificativa, además, se tiene que mandar a la dirección justificacio@iebalearics.org en formato digital como hoja de cálculo.
  • Memoria de actuación que acredite que se han cumplido las condiciones impuestas para la concesión de la ayuda. Debe incluir toda la información necesaria para la correcta interpretación y comprensión de la justificación de gastos.
  • Copias de las facturas y los justificantes de pago.
  • Para las líneas b) y c), cinco copias del libro y/o de los materiales gráficos subvencionados con el logotipo del IEB de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

 

Más información: www.iebalearics.org y subvencions@iebalearics.org

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