Portal de subvenciones Institut Estudis Baleàrics
Medios de comunicación en catalán
Convocatoria de ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Illes Balears para el año 2026
Para más información: subvencions@ieb.caib.es y www.ieb.caib.es
>> Enlace al trámite telemático de la sede electrónica de la CAIB <<
1. Presupuesto
El crédito asignado a esta convocatoria es de 635.000 € (seiscientos treinta y cinco mil euros).
2. Objeto y finalidad
El objeto de esta convocatoria de subvenciones es apoyar a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares, con el fin de contribuir a consolidar el espacio de comunicación que se expresa en esta lengua.
3. Líneas
La convocatoria se distribuye en las siguientes líneas de ayudas:
Línea A . Para la edición, durante el año 2025, de una publicación de información general con una periodicidad diaria : 148.000 €.
Línea B. Para los proyectos de habilitación de la edición en catalán durante el 2026: 28.000€.
Línea C. Para la edición , durante el año 2025, de una publicación de carácter local : 148.000,00 €.
Línea D . Para la edición, durante el año 2025, de una publicación de temática especializada : 28.000,00 €.
Línea E . Para la edición, durante el año 2025, de un suplemento periódico en catalán: 14.000,00 €.
Línea F. Para la emisión, durante el año 2025, de programación de televisión : 199.000,00 €.
Línea G. Para a la emisión, durante el año 2025, de un programa de radio: 63.000,00 €.
Línea H. para la ejecución de actuaciones y medidas en defensa de los medios de comunicación en catalán y de proximidad : 7.000 €.
4. Beneficiarios
Los beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones pueden ser los siguientes:
-Personas físicas con domicilio en las Islas Baleares.
-Empresas privadas con domicilio social en las Islas Baleares que realizan, de acuerdo con su objeto social, la edición de publicaciones de carácter periodístico, de prensa de carácter local o de temática especializada, la emisión de programas televisivos o radiofónicos.
-Entidades sin ánimo de lucro que llevan a cabo, de acuerdo con su objeto social, la edición de publicaciones de carácter periodístico, de prensa de carácter local o de temática especializada, la emisión de programas televisivos o radiofónicos o la difusión de contenidos digitales audiovisuales, o que tienen por objeto agrupar y defender los intereses de los medios de comunicación de las Illes Balears, de proximidad y en catalán.
-Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonial separada que, aunque no tenga personalidad jurídica, esté en la situación que motiva la concesión de estas subvenciones y tienen el domicilio en las Islas Baleares, los miembros de las cuales, en virtud del artículo 9.3 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, tienen que hacer constar de manera explícita en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, como también el importe de la subvención que tiene que aplicar cada uno, que también tienen la consideración de beneficiarios. En todo caso, se tiene de nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponde a la agrupación. Así mismo, la agrupación no se entenderá disuelta hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previstos en el artículo 24 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y en els artículos 57 i 60 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
-Ayuntamientos de las Islas Baleares o entidades dependientes, en el caso de la línea G.
5. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar les solicitudes, dirigidas a l’IEB, empieza el dia 3 de marzo de 2026 y permanecerá abiertat hasta el 30 de marzo de 2026.
Enlace al trámite telemático para presentar la solicitud ( se abrirá el 3 de marzo)
6. Presentación de solicitudes
Les persones interesadas tienen que presentar las solicitudes de subvención y la documentación adjunta de manera electrónica mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de la CAIB, al cual se puede acceder desde la página web de l’IEB, www.iebalearics.org.
Se debe presentar una solicitud de subvención por cada medio de comunicación y debe especificarse la línea a la que se opta.
7. Plazo de justificación
En el caso de las líneas A, C, D, E, F, G i H, la documentación justificativa se tiene que presentar en el trámite telemático de presentación de solicitudes.
En el caso de la línia B, el plazo de justificación es hasta el 31 de enero de 2027.
Atención:
Este texto es un resumen informativo. Rogamos lea la convocatoria oficial, publicada en el BOIB.
Para más información: www.iebalearics.org y foment@ieb.caib.es