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Subvenciones

Publicado el 14/03/2023

Líneas de subvención 2025

Ponemos al alcance de los artistas y de los agentes culturales diversas líneas de subvención para promover la proyección exterior de la cultura de las Islas Baleares.

Tienen cabida todas las disciplinas artísticas: Artes escénicas,  Artes visuales, Literatura, còmic, ilustración, pensamiento y Música

Las ayudas apoyan la movilidad de artistas y profesionales; a la promoción en el exterior de espectáculos, obras artísticas y literarias, proyectos de artes visuales y en la traducción y edición de libros de ficción, ensayo, ilustración o cómic.

Los beneficiarios son los artistas y los agentes culturales de las Islas Baleares que desarrollan proyectos fuera de su isla de residencia o bien los agentes externos que acogen manifestaciones artísticas baleares.

Además, se apoya la producción de Ferias, festivales y jornadas profesionales, así como Centros de creación 

que contribuyan a la proyección exterior de la producción artística balear.

También disponemos de ayudas en los campos de la creación, la investigación y la investigación:

- Edición de investigación y divulgación
- Jornadas de estudios locales
Creación
Investigación

Para más información: www.iebalearics.org y subvencions@iebalearics.org


Presentación de documentación

Las solicitudes de subvención y la documentación adjunta se tienen que presentar de forma electrónica mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de la CAIB, al que se puede acceder desde la página web del IEB, www.iebalearics.org.

De acuerdo con el artículo 12.2 de la Orden 40/2024, de 13 de diciembre , en el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana, no se tendrán por presentadas en el registro las solicitudes que se presenten por cualquier otro medio diferente al trámite telemático establecido.

Las personas físicas o jurídicas extranjeras que no dispongan de certificado digital tendrán que presentar las solicitudes en el apartado habilitado a tal efecto en la página web del IEB, dentro de cada convocatoria. Las comunicaciones entre el IEB y los solicitantes que presenten las solicitudes a través de esta vía se realizarán, obligatoriamente, a través del mencionado apartado.

Dado que todos los solicitantes están obligados a relacionarse electrónicamente, en el supuesto de que algún solicitante presente la solicitud presencialmente, el órgano instructor lo tiene que requerir para que lo enmiende mediante la presentación electrónica, sin perjuicio de que la fecha de la presentación presencial se tenga en cuenta a efectos del cómputo de presentación en plazo.

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